11 de Abril de 2011 | Fuente: Alihuen
HONORABLE CONCEJO:
Habiendo analizado las actuaciones obrantes en el expte. N 312-112007 (HCD), relacionadas con poner nuevamente en Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable proyecto de Ordenanza sobre Prohibir la instalación de plantas de incineración de residuos peligrosos, VUESTRA COMISIÓN DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUTENTABLE, aconseja aprobar el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo1°: Prohibase en la jurisdicción de la Municipalidad de Santa Rosa el tratamiento por incineración de residuos patológicos. Quedan exceptuados de la presente los restos patológicos de origen cadavérico y anatómico en general.
Artículo 2°: Suspéndase la recepción, en la jurisdicción de la Municipalidad de Santa Rosa, de cualquier tipo de residuos patológicos originados en otras. La suspensión será efectiva a partir de los 60 días de promulgada la presente.
Artículo 3°: La suspensión prevista por el artículo 2° solo puede ser revertida por Ia vigencia de convenio de colaboración entre la Municipalidad de Santa Rosa y el Gobierno de la Provincia de La Pampa, ratificado por el Honorable Concejo Deliberante, adecuado a las previsiones de la Ley Provincial 1536 y la prohibición dispuesta por el Artículo l°, contemplando expresamente cl origen, la cuantía y el tipo de materiales que podrán admitirse para su tratamiento y disposición final.
Artículo 4°: De Forma.-